EL CATASTRO DEL MARQUÉS DE LA ENSENADA EN FUENTECAMBRÓN.

Publicado el 25 de noviembre de 2001.
Por Salvador Barrio Onrubia.

NOTA PREVIA.

Como advertencia introductoria puede servir el comentario que acompaña la trascripción del catastro del Marqués de la Ensenada en Piquera y en Santuy, en las explicaciones que no afecten exclusivamente a Piquera. Aquí tienes un enlace

Respuestas generales del lugar de Fuentecambrón (Soria).

Lugar de Fuente Cambrón.

En el Lugar de FuenteCambrón, a treinta días del mes de Diziembre de Mil Setezientos Zinquenta y dos, el Señor Don Joseph Miranda, Juez Subdelegado para las diligencias de Única Contribución, haviendo Combocado por medio de un Recado Cortesano a Don Andrés Peña, Cura de la Parroquial de él, hizo parezer ante sí y de mí, el escribano, a

de quienes , y a cada uno, a excepción de dicho Cura, Recivió Juramento  por Dios Nuestro Señor y a una señal de Cruz, en forma, y habiéndolo echo como se Requiere, prometieron dezir verdad en lo que supieren y les fuere preguntados, y siéndolo por el thenor del Interrogatorio General, a cada una de sus preguntas dijeron lo siguiente: 

1. Cómo se llama la población.

A la primera pregunta dijeron Que se llama este Pueblo Fuente Cambrón.

2. Si es de realengo o de señorío, a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce.

A la Segunda pregunta digeron 

3. Qué territorio ocupa el término, cuánto de Levante a Poniente y del Norte al Sur, y cuánto de circunferencia, por horas y leguas; qué linderos o confrontaciones y qué figura tienen, poniéndola al margen.

A la terzera pregunta digeron Que el término de este Lugar ocupa 

Que dicho término confronta 

y que su figura es la del margen (no hay figura al margen).  

4. Qué especies de tierra se hallan en el término, si de regadío o de secano, distinguiendo si son de hortalizas, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes y demás que pudiera haber, explicando si hay algunas que produzcan más de una cosecha al año, las que fructificaren sólo una y las que   necesiten de un año intermedio de descanso.

A la quarta pregunta digeron Que en este término hai tierras:

Que 

5. De cuántas cualidades hay en cada una de las especies de que hayan declarado; si de buena, mediana o inferior.

A la quinta pregunta digeron Que en las espezies de tierra declaradas hai las Calidades Siguientes: 

6. Si hay algún plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc.

A la sexta pregunta digeron Que  sólo hai Plantío de Enzina en las tierras declaradas, porque los que en estos años pasados han echo de otras espezies de Árboles se han secado.

7. En cuáles de las tierras están plantados los árboles que declaran.

A la séptima pregunta dijeron Que los Árboles declarados se allan plantados en el Monte.

8. En qué conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a las márgenes, en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren.

A la Octava pregunta digeron Que dicho Plantío está sin Orden alguno, como produzido naturalmente.

9. De qué medidas de tierra se usa en aquel pueblo, de cuántos pasos o varas castellanas en cuadro se componen, qué cantidad de cada especie de granos de los que se cogen en el término se siembra en cada una.

A la Novena pregunta digeron 

Cuia forma en el Sembrar es la que los Labradores de este Lugar llevan.

10. Qué número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad; por ejemplo: tantas fanegas ( o del nombre que tuviese la medida) de tierra de sembradura de la mejor calidad; tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especias que hubiere declarado.

A la Dézima pregunta digeron Que el término de este Lugar se compone de Dos mil quinientas quarenta y dos fanegas de tierra, en esta forma:

11. Qué especies de frutos se cogen en el término.

A la Undézima pregunta dijeron Que en  las tierras del término Referido se coge: 

12. Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles que hubiese.

A la Duodézima pregunta digeron Que 

13. Qué producto se regula darán por medida de tierra los árboles que hubiere, según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su especie.

A la Dézima terzia pregunta digeron Que la fanega de tierra poblada de Enzina, por el aprovechamiento de la Leña y Vellota, produze 

14. Qué valor tienen ordinariamente, un año con otro, los frutos que producen las tierras del término, cada calidad de ellos.

A la Dézima quarta pregunta Digeron Que  los frutos que produzen las tierras de este término, unos años con otros, valen en esta forma: 

15. Qué derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo, primicia, tercio-diezmo u otros, y a quién pertenecen.

A la Dézima quinta pregunta Digeron Que sobre las tierras del término de este Lugar hai Cargado: 

También hai ympuesto 

16. A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie, o a qué precio suelen arrendarse un año con otro.

A la Dézima sexta pregunta Dijeron 

17. Si hay algunas minas, salinas, molinos harineros o de papel, batanes u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metal es y de qué uso, explicando sus dueños y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.

A la Dézima séptima pregunta Dijeron Que en este Lugar no hai Artefacto de los que contiene.

18.Si hay algún esquilmo, a quién pertenece, qué número de ganado viene al esquileo a él y qué utilidad se regula da a su dueño cada año.

A la Dézima Octava pregunta Digeron Que en este  término hay el Esquilmo de: 

que se regula su utilidad en esta forma: 

Que además de dicho esquilmo se utiliza: el Sugeto que tubiere 

19. Si hay colmenas en el término, cuántas y a quién pertenecen.

A la Dézima Nobena pregunta Digeron Que en este término y Pueblo hai Ciento y Setenta Colmenas propias: 

20. De qué especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de coche y caballos de regalo, y si algún vecino tiene cabaña o yeguada que pasta fuera del término, dónde y de qué número de cabezas, explicando el nombre del dueño.

A la vigésima pregunta dijeron Que en este Pueblo y término hai las espezies de Ganado y número de Cavezas Siguientes: 

Que ningún vecino tiene Cavaña ni Yeguada en el dicho término, ni fuera de él.

21. De qué número de vecinos se compone la población y cuántos en las casas de campo.

A la vigésima prima pregunta digeron Que la Poblazión de este Lugar se compone de 

22. Cuántas casas habrá en el pueblo, qué número de habitables, cuántas arruinadas, y, si es de señorío, explicar si tiene cada una alguna carga que pague el dueño por establecimiento del suelo, y cuánto.

A la vigésima secunda pregunta digeron Que en este Lugar hay 

Que por el establecimiento del Suelo no satisfaze cosa alguna al Señor de él.

23. Qué propios tiene el común y a qué asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.

A la vigésima terzia pregunta digeron Que este Lugar tiene los Propios siguientes: 

Que el producto de todo, según la regulazión que queda echa, asciende a 

24. Si el común disfruta algún arbitrio, sisa u otra cosa de que se deberá pedir la concesión, quedándose con la copia que acompañe estas diligencias; qué cantidad produce cada uno al año, a qué fin se concedió, sobre qué especies, para conocer si es temporal o perpetuo y si su producto cubre o excede de su aplicación.

A la vigésima quarta pregunta digeron Que el Común de este Lugar no disfruta sisa ni Arbitrio alguno. 

25. Qué gastos debe satisfacer el común, como salario de justicia y regidores, fiestas del Corpus u otras, empedrados, fuentes, sirvientes, etc., de que se deberá pedir relación auténtica.

A la vigésima quinta pregunta Digeron Que el Común de este Lugar tiene que satisfazer en cada un año  

por los efectos que contiene la Relazión, que presentan para que se yncorpore en estas diligenzias, y a ella se Remiten.

26. Qué cargas de Justicia tiene el común, como censos de que responde u otros; su importe, por qué motivo y a quién, de que se deberá pedir puntual noticia.

A la vigésima sexta pregunta digeron Que dicho Común satisfaze: 

Que dichos Zensos ygnoran el efecto para qué se tomaron y si fue, o no, con facultad Real.

  27. Si está cargado de servicio ordinario y extraordinario, u otros, de que igualmente se debe pedir individual razón.

A la vigésima séptima pregunta Digeron Que este dicho Común  está cargado de 

y por el paga con los demás ympuestos, lo que consta a la Segunda.

28. Si hay algún empleo, alcabalas u otras rentas enajenadas, a quién; si fue por servicio pecuniario u otro motivo, de cuánto fue y lo que produce cada uno al año, de que se deberán pedir los títulos y quedarse con copia.

A la  vigésima octava pregunta digeron 

29. Cuántas tabernas, mesones, tiendas, panaderías, carnicerías, fuentes, barcas sobre ríos, mercados, ferias, etc., hay en la población y término; a quién pertenecen y qué utilidad se regula puede dar al año cada uno.

A la vigésima Nobena pregunta Que en este Lugar hai: 

que andan de Adra y no le produzen utilidad alguna al Común de él a quien pertenezen.

30. Si hay hospitales, de qué calidad, qué renta tienen y de qué se mantienen.

A la trigésima pregunta digeron Que no hai Hospital alguno.

31. Si hay algún cambista, mercader de por mayor o quien beneficie su caudal por mano de corredor u otra persona con lucro o interés, y qué utilidad se considera le puede resultar a cada uno al año.

A la trigésima prima pregunta Digeron Que no hai persona de las que cita.

32. Si en el pueblo hay algún tendero de paños, ropas de oro, plata y sedas, lienzos, especiería u otras mercaderías, médicos, cirujanos, boticarios, escribanos, arrieros, etc., y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año.

A la trigésima segunda digeron Que  hai en este Lugar: 

Que 

33. Qué ocupaciones de artes mecánicas hay en el pueblo, con distinción como albañiles, canteros, albéitares, herreros, sogueros, zapateros, sastres, pelaires, tejedores, sombrereros, manguiteros y guanteros, etc., explicando en cada oficio el número que haya de maestros, oficiales y aprendices, y qué utilidad les puede resultar trabajando meramente de su oficio al día a cada uno.

A la trigésima terzia Digeron que hay en este Lugar 

34. Si hay entre los artistas alguno que teniendo caudal haga prevención de materiales correspondientes a su propio oficio o a otros, para vender a los demás, o hiciera algún comercio, o entrase en arrendamientos; explicar quién y la utilidad que consideren le pueda quedar al año a cada uno de los que hubiese.

A la trigésima quarta digeron Que  no hay persona de las que cita.

35. Qué número de jornaleros habrá en el pueblo, y a cómo se paga el jornal diario a cada uno.

A la trigésima quinta digeron Que no hai Jornalero alguno.

36. Cuántos pobres de solemnidad habrá en la población.

A la trigésima sexta pregunta digeron que hai  

37. Si hay algunos individuos que tengan embarcaciones que naveguen en la mar o ríos, su porte, o para pescar; cuántas, a quién pertenecen y que utilidad se considera da cada una a su dueño al año.

A la trigésima séptima digeron que no hai Individuo alguno.

38. Cuántos clérigos hay en el pueblo.

A la trigésima Octaba digeron  Que hai en este Lugar 

39. Si hay algunos conventos, de religiones y sexo, y qué número de cada uno.

A la trigésima Nobena digeron Que no hai Combento alguno.

40. Si el rey tiene en el término o pueblo alguna finca o renta que no corresponda a las generales ni a las provinciales que deben extinguirse; cuáles son, cómo se administran y cuánto producen.

A la quadragésima y última pregunta digeron que Su Majestad (Dios le guarde) por los efectos que Refiere percive sólo 

Y en esta forma se concluió la satisfazión de el antezedente Interrogatorio; y manifestaron que toda ella es Cierta y Verdadera, para descargo del Juramento echo; y en ella, habiéndola buelto a leer se afirmaron y Ratificaron; digeron ser de edad: el Referido Lucas Mazagatos, de sesenta años; Bartholomé Jill, de treinta y cinco; Valentín de Langa, de treinta y ocho; Lorenzo Sotillos, de Quarenta y seis; Matheo Garzía, de veinte y quatro; Juan Vizente Corrales, de Zinquenta y dos; Y Juan de Gonzalo Lagunas, de treinta y siete; lo firmaron quienes digeron saber y, por el que no, un testigo, que lo fueron Manuel Garzia, Juan Calbo y Antonio Pérez, estantes al presente en dicha villa (sic), de que yo el Escrivano Doi fee.  Don Joseph Miranda = Lorenzo Sotillos = Juan Vizente Corrales = Juan de Gonzalo Lagunas = testigo, Manuel Garzía = Matheo Garzía = Ante mí, Dionisio de la Monja =

Es copia de las Respuestas Generales orijinales que paran en esta contaduría. Soria, diez y nueve de Diziembre de mill setezientos cinquenta Y tres años.

Miguel Bermúdez (Rúbrica) Raphael Matheo Gutiérrez (Rúbrica) Martín Alonso Barroeta (Rúbrica).